Para el ejercicio de la docencia en la educación secundaria obligatoria, el bachillerato, la formación profesional y las enseñanzas de régimen especial será necesario estar en posesión de un título oficial de máster que acredite la formación pedagógica y didáctica.
No obstante para el profesorado que, por razones derivadas de su titulación, no pueda acceder a los estudios de máster, las Administraciones educativas, podrán acreditar una formación equivalente(Mediante Orden EDU/408/2012, de 7 de junio, se ha autorizado a las universidades de Castilla y León a ofertar esta formación equivalente)
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